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Si llevas viviendo en España de forma ilegal más de un año y te gustaría conseguir la residencia para poder trabajar en el país… este procedimiento te va a interesar. Pues ahora lo tienes muy fácil para conseguir tu permiso de residencia bajo el procedimiento de arraigo en España. Dispones de 3 tipos de arraigo diferentes para obtener tu autorización de residencia por circunstancias excepcionales y poder así trabajar y vivir en territorio Español durante un año. Esto será el primer paso hacia la residencia continuada. Así que si te interesa el tema… ¡Sigue leyendo! En este artículo te enseñamos todo lo que necesitas saber: 

 

¿Qué es el arraigo y cuál es su significado?

 

El arraigo es el procedimiento que extranjería que permite a cualquier ciudadano no Europeo que lleva cierto tiempo viviendo en España de forma ilegal conseguir la residencia en el país y regularizar su situación. Así, esta autorización de residencia por circunstancias excepcionales permite vivir en territorio Español de forma legal durante un año; con la posibilidad de renovación posterior para conseguir un permiso de residencia regular. 

 

 

Así, es la opción ideal para todas aquellas personas que se encuentran en situación irregular. 

Pues mediante el procedimiento de arraigo podrás residir legalmente en España así como trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia (como autónomo) en cualquier lugar del país.

Y todo esto gracias a su regulación en la normativa de extranjería, que podemos encontrar en la ley orgánica 4/2000 y el Real Decreto 557/2011.

Una de sus principales ventajas es que puedes solicitarlo desde España. Esto es una opción mucho más cómoda frente al resto de permisos de residencia, que en la mayoría de los casos exigen trámites más complejos que deben ser iniciados desde el país de origen. Así, el arraigo es una de las diferentes formas de entrar a España como turista y conseguir la residencia.

Es decir, nos debemos olvidar del procedimiento de pedir visado de turista para hacer el arraigo posteriormente. Se hace directamente sin ese paso intermedio. 

Pero, ¿a qué nos referimos con circunstancias excepcionales? ¿Qué requisitos hay que cumplir para poder solicitar el arraigo en España? 

 

¿Se puede trabajar en España con el arraigo?

 

Sí. El arraigo va ligado a un permiso de trabajo. Es por eso que una vez hemos conseguido esta autorización de residencia podemos trabajar en el país de forma legal; ya sea para una empresa o por cuenta propia. Además, una vez renovemos por primera vez el arraigo, podremos seguir con nuestra actividad profesional sin problemas. 

No obstante, debemos tener en cuenta que los menores de 16 años no podrán trabajar por más que hayan conseguido el arraigo de forma exitosa. Y, todos aquellas personas de entre 16 y 18 años, necesitarán una autorización explícita de sus padres o representantes legales para poder hacerlo. 

 

¿Tienes dudas? Pregunta lo que sea aquí a nuestros abogados y consigue una respuesta de inmediato:

     

     

    Requisitos para solicitar el arraigo en España

     

    Existen tres tipos distintos de arraigo: arraigo familiar, arraigo social y arraigo laboral. Cada uno de ellos tiene asociados una serie de requisitos específicos que deberemos cumplir si queremos seguir con el procedimiento (que veremos a continuación)

    Sin embargo, podemos extraer una serie de generalizaciones que deberás cumplir para poder iniciar el procedimiento. 

    En primer lugar, el concepto de arraigo está pensando únicamente para aquellos individuos que no son ciudadanos originales de un estado miembro de la Unión Europea. Es decir, si resides en España pero procedes de un país Sudamericano, por ejemplo, el arraigo es para ti.

    Además, uno de los requisitos más importantes para el arraigo es poder demostrar un vínculo con el país. Como extranjero deberás demostrar que ciertos factores culturales, sociales, económicos, familiares o académicos te ligan con España. Y será por eso que se te conceda la residencia. Esto lo deberás hacer con la aportación de ciertos documentos específicos, que también trataremos en este artículo.

    Finalmente, ten en cuenta que carecer de antecedentes penales (ni en España ni en el país de origen) es otro de los requisitos a cumplir para una solicitud exitosa. 

    Así, veamos cuáles son los 3 tipos de arraigo y las particularidades de cada uno de ellos. 

     

     

     

     

    Los 3 tipos de Arraigo

     

    Existen, actualmente, tres tipos de arraigo: el social, el familiar y el laboral; de naturaleza distinta. Dependiendo de tu situación particular, te podrás acoger a uno o a otro para conseguir regularizar tu situación en el país.

    Es por eso que entender los requisitos específicos de cada uno te será tan útil.

    En cuanto a los procedimientos de extranjería, es muy probable que el arraigo sea la mejor alternativa para que puedas conseguir vivir y trabajar legalmente en España. Pues no requiere una solicitud compleja desde el país de origen. Pero para poder conseguir la residencia por arraigo, antes debes tener muy claro en qué consiste cada uno de los tres tipos para poder elegir cuál se adapta mejor a tu caso.

     

    Arraigo familiar

     

    La residencia por arraigo familiar será concedida a aquellos ciudadanos extranjeros que sean hijos de madre o padre originarios de España; o bien a aquellos que tengan hijos menores de edad con nacionalidad española.

    El punto positivo del arraigo familiar es que, a diferencia de los otros dos tipos, no tiene ligado a sí mismo ningún tipo de requisito temporal.

    Es decir, si bien el arraigo social o el laboral requieren haber estado residiendo en España durante un periodo de tiempo determinado y la necesidad de probarlo, el arraigo familiar no. No hay mínimo 

    Por el contrario, lo que el arraigo de tipo familiar requiere es demostrar esta vinculación familiar. Y dicha prueba que demuestra el vínculo con España será:

    • El certificado de nacimiento del menor Español si somos el padre o madre del mismo.
    • El certificado de nacimiento del padre o madre originarios españoles conjuntamente con el del solicitante, para el caso alterno.

     

    ¿Quién puede solicitar el arraigo familiar?

     

    Este tipo de arraigo por motivos familiares puede ser solicitado por dos grupos de extranjeros diferentes:

    • El padre o madre de un niño español menor de edad; aunque también se admite si es padre de un ciudadano comunitario. Es importante que su hijo viva a su cargo, o bien él o ella está a su cargo. Es decir, es posible que el niño viva con la madre, pero si el padre le paga alimentos y otros gastos, puede solicitar el arraigo familiar.
    • Los hijos de español de origen. Este sería el caso de los hijos de españoles que adquirieron la nacionalidad por memoria histórica. Obviamente también sería el caso en el que los padres, por ser hijos de españoles, también eran nacionales del país. 

     

    Arraigo Laboral

     

    Con el arraigo laboral si que encontramos un requisito temporal. Será concedido únicamente a aquellas personas que puedan acreditar relaciones laborales en España durante al menos 6 meses, además de haber vivido en el país de forma continuada 2 años.

    Es decir, para poder conseguir el arraigo laboral tenemos que demostrar que hemos estado trabajado de forma ilegal para una empresa española durante los últimos 183 días. 

    Y durante los meses que el solicitante no ha estado empleado, debe haber estado inscrito en el INEM (Instituto Nacional Empleo).

     

    ¿Cómo demostramos que hemos estado trabajando de forma ilegal para una empresa?

     

    Esta parte del proceso hace que el arraigo laboral sea el menos demandados de los tres

    Pues bien, para poder demostrar que efectivamente hemos estado trabajando de forma ilegal por cuenta ajena durante 6 meses, necesitaremos una resolución que puede ser de los dos tipos siguientes:

    • Judicial, si denunciamos a la empresa en la que hemos trabajado y un juez indica (tras sentencia) que efectivamente lo hemos hecho de forma irregular. 
    • Administrativa, si se hace una inspección en la empresa y se levanta un acta por contar con trabajadores ilegales. 

    En ambos casos usaríamos dichos documentos (acta judicial o acta) en la solicitud del arraigo. 

     

    Demostración de la residencia continuada en España

     

    ¿De qué forma podemos demostrar que hemos estado viviendo en España durante 2 años de forma continuada para el arraigo familiar?

    En este caso, documentos tales como el padrón serán una prueba efectiva, siendo este el documento probatorio por excelencia. Sin embargo, existe libertad en cuanto a la forma en la que podemos demostrar el plazo de residencia.

    ¿Y si no podemos presentar el empadronamiento? Pues bien, podemos suplir su ausencia con otros documentos alternativos.

    La existencia de una cuenta bancaria con sus pertinentes transacciones, un contrato de alquiler o bien certificados médicos (si hemos tenido que ir a urgencias por ejemplo) son documentos igual de válidos para ese fin.

    Lo ideal en este punto (en ausencia del padrón) sería poder aportar un documento probatorio alternativo por cada uno de los meses correspondientes.

     

    Arraigo Social

     

    Finalmente, el último tipo de arraigo: el arraigo social. Este es, sin duda, el procedimiento más demandado dentro de los 3 existentes.

    Se trata de uno de las residencias por circunstancias excepcionales concedidas a todas aquellas personas que han permanecido de forma continuada en España durante 3 años (aunque de manera irregular), y que además tienen un contrato de trabajo

    Veamos cuáles son los principales requisitos más importantes para formalizar la solicitud de residencia temporal por arraigo social.

     

    Demostrar los 3 años de permanencia en territorio español

     

    Tal y como acabamos de mencionar, es fundamental poder demostrar que el solicitante ha vivido 3 años de forma continuada en España para solicitar este tipo de arraigo. 

    Pero, ¿qué entendemos por el término “de forma continuada”? Para que el plazo de residencia sea considerado como continuo, el solicitante no debe haber estado fuera del país más de 120 días durante ese periodo.

    De este modo, es necesario poder acreditar haber vivido en España como mínimo los últimos tres años. Por ello, debe aportarse el histórico de empadronamiento de cada localidad donde se haya residido durante todo este tiempo.

    Sin embargo, el padrón no es la única forma de demostrar la convivencia. Pues también podemos demostrarla mediante movimientos bancarios, pagos a establecimientos locales (como farmacias) durante el transcurso de los meses, o otros movimientos similares.

    Disponer de un contrato de trabajo

     

    Primer punto importante. Para que la solicitud sea aprobada se debe presentar un contrato de trabajo de mínimo 1 año. Es decir, tenemos que encontrar un empleador (empresa o autónomo) que esté dispuesto a contratarnos y ofrecernos un puesto de trabajo que dure como mínimo 12 meses. 

    En relación a este empleador o empresa, será imprescindible que su actividad económica lleve funcionando como mínimo un año. Deberemos presentar la documentación que acredite su identidad (DNI o CIF) y su solvencia, entre otros.

    Es totalmente posible trabajar para más de una empresa a la vez para poder conseguir este arraigo. Lo importante si tenemos varios empleadores es que el puesto de trabajo sea el mismo o dentro de la misma ocupación, y que la jornada laboral consista en un mínimo de 30 horas semanales. 

    Finalmente, mencionar que también es posible presentar la solicitud sin tener contrato de trabajo. Aunque no es lo que recomendamos. En ese caso será fundamental disponer de medios económicos suficientes, y la autorización temporal que conseguiremos no nos autorizará a trabajar.  

     

    Demostrar vínculos familiares

     

    Otro de los documentos válidos (pero no imprescindibles) para conseguir el arraigo social es aquel que demuestra de la existencia de vínculos familiares con extranjeros residentes de forma legal en España. Nos referimos a hijos, padres o cónyuges.

    No obstante, este tipo de arraigo tiene ciertas peculiaridades. Pues en el caso de no disponer de dichos familiares, necesitaremos un certificado de integración social para demostrar nuestra vinculación como extranjeros con la sociedad Española

    Tal y como hemos apuntado, es requisito básico del arraigo poder demostrar que estamos ligados de alguna forma al país. Y este requisito lo pone de manifiesto. 

    ¿De qué forma conseguimos demostrarlo? Mediante un informe favorable.

     

    Informe favorable para conseguir el arraigo social

     

    La demostración de la inserción social en España y su comunidad se consigue mediante este informe. Y es, sin duda, uno de los requisitos más importantes de cara a la consecución del arraigo.

    Tras una entrevista con el ayuntamiento de la localidad pertinente, en la que es necesario que la persona que solicite el arraigo demuestre su vinculación e integración al Estado Español (conocimiento del idioma, cultura, etc.) dicha institución emite su valoración y pasa a validar el informe.

    Lo bien que hables y entiendas español será algo que analicen y valoren en la entrevista. Pero, además, en caso de la Comunidades Autónomas con lengua propia como es el caso de Cataluña, también se valora entender y/o hablar catalán.

    En nuestro despacho podemos ayudarte a preparar la entrevista. Te facilitaremos las típicas preguntas que suelen hacer y te guiaremos con la mejor forma de responderlas para que no denieguen tu solicitud.

    Además, en dicho informe deben aparecer los medios económicos del solicitante, cualquier vínculo existente con familiares que residan legalmente en España, cuánto tiempo lleva el solicitante empadronado en su vivienda actual, y cualquier dato que revele la integración con alguna institución sociocultural española. 

     

    Otros requisitos: cursos de idiomas

     

    Dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre el solicitante, es muy probable que surjan determinados requisitos adicionales a los anteriores para obtener el arraigo de tipo social.

    Por ejemplo, en el caso de residir en Cataluña, será necesario realizar un curso de catalán de 45 horas para poder demostrar el entendimiento de dicha lengua.

    Es por ello que debemos consultar con detalle cuáles son los requisitos exactos según nuestro lugar de residencia, para asegurarnos de que no nos olvidamos de nada.

    Solicitud para arraigo paso a paso

    ¿Dónde se solicita?

     

    Tal y como hemos ya mencionado, el arraigo se solicita directamente en España (a diferencia de las demás residencia que de manera general se hace en el país de origen). 

    En este caso, se deberá pedir cita y presentar toda la documentación en la oficina de extranjería más cercana según tu lugar de residencia, que puedes encontrar aquí

    Una vez aprobada la solicitud, tendremos 30 días para solicitar nuestra TIE o tarjeta de residencia. 

     

    ¿Qué documentos tengo que aportar?

     

    El día de la cita con extranjería, deberás aportar la siguiente documentación para iniciar tu solicitud:

     

    Apostilla y Traducción de los documentos

     

    Hay algo que debemos tener muy presente en cuanto a la documentación que debemos presentar. Todos los documentos que se aporten al procedimiento de arraigo y que provengan del país de origen del solicitante (entre otros, los antecedentes penales) deben estar legalizados/apostillados y traducidos al español.

    Si tienes cualquier problema con la apostilla o la traducción jurada, nuestros abogados se encargarán de todos estos trámites necesarios por ti. 

     

    ¿Cuánto tarda?

     

    El tiempo exacto que tarda el arraigo depende de muchos factores. Entre ellos todo lo que tardemos en reunir y preparar la documentación requerida, lo mucho que tarden en darnos cita, y el tiempo que se demoren en emitir una respuesta. Puedes calcular un máximo de unos 5-6 meses

    Una vez hemos presentado nuestra solicitud en la oficina de extranjería, la administración tiene un total de 3 meses para emitir una respuesta

    ¿Qué pasa si pasado ese tiempo no tenemos una respuesta?

    En ese caso nuestra solicitud ha sido denegada por silencio administrativo.

    Pero no todo son malas noticias. Tendremos entonces un mes para interponer ante la administración un recurso de reposición o dos meses para iniciar un recurso administrativo. Así, es posible conseguir que nos aprueben el arraigo tras uno de estos dos procedimientos. Por más que la solicitud fuera denegada inicialmente. 

     

    Cómo conseguir la residencia mediante el arraigo

     

    Tal y como hemos visto a lo largo del artículo, una vez conseguimos una autorización de residencia temporal mediante arraigo (ya sea social, laboral o familiar), podremos vivir trabajar en España de forma legal durante un año. 

    Pero, ¿qué pasará después? ¿Podemos renovar o prorrogar este permiso?

    No, no es posible renovar esta autorización

    No obstante (y aquí vienen las buenas noticias), si podremos continuar viviendo legalmente en España. De hecho, podremos conseguir un permiso de residencia regular. Es decir, tras terminar el primer año con la autorización inicial de arraigo, podemos modificar dicha autorización hacia una ordinaria

    Esta nos permitirá vivir en España durante otro año, con la posibilidad de realizar renovaciones indefinidas. 

    Así, existen tres opciones distintas a las que podrás acogerte. Podrás modificar tu arraigo a:

    Dado que lo más común es modificar hacia un permiso de trabajo, será fundamental que antes de que acabe el año con el arraigo hayas encontrado una oferta de trabajo. De modo contrario no podrás conseguir este permiso de residencia. 

    Además, para realizar dicha prórroga existe un plazo temporal. Es muy importante que se haga durante los 60 días antes de la expiración de la tarjeta por circunstancias excepcionales, o 90 días después de su vencimiento

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